jueves, marzo 28, 2024

Hiperoptimismo boliviano por demanda marítima: Carlos Meza de «Historia y Derecho. Compromisos Inequívocos que obligan a Chile»

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El ex Presidente de Bolivia Carlos Meza, que es historiador, político y periodista, escribió en su blog un resumen de la primera jornada de alegatos en La Haya se resumen en: «La sencillez y claridad de lo que Bolivia pide: que la Corte Internacional de Justicia (CIJ), recogiendo los reiterados compromisos de Chile durante casi un siglo, establezca que Chile tiene la obligación de cumplir esas promesas formales en una negociación con Bolivia para como resultado de ésta otorgarle a Bolivia un acceso soberano al mar».

A continuación el texto completo de Meza:

LA BASE ARGUMENTAL BOLIVIANA

1.- La sencillez y claridad de lo que Bolivia pide: que la Corte Internacional de Justicia (CIJ), recogiendo los reiterados compromisos de Chile durante casi un siglo, establezca que Chile tiene la obligación de cumplir esas promesas formales en una negociación con Bolivia para como resultado de ésta otorgarle a Bolivia un acceso soberano al mar.

2.- La secuencia histórica de esos compromisos.

3.- Los pilares estratégicos de Chile para resolver los temas pendientes con Bolivia, uno de los cuales no cristalizó.

4.- La precisión de lo que significan las palabras, los actos unilaterales de un Estado y la diferencia entre acercamientos políticos y compromisos que vinculan la fe de ese Estado.

5.- La idea de que el derecho internacional es mandatorio en lo que concierne a la buena fe, y el imperativo de resolver por la vía del diálogo y la paz las controversias entre Estados.

Esta fue la base de la presentación del equipo jurídico de Bolivia el lunes 19 de marzo de 2019 en el Palacio de la Paz de la Haya sede de la CIJ, en la primera presentación de los alegatos orales que corresponden a Bolivia.

EDUARDO RODRÍGUEZ VELTZÉ. LO QUE BOLIVIA PIDE

Abrió la secuencia el Agente Eduardo Rodríguez Veltzé quien estableció las premisas conceptuales de la demanda boliviana ante la CIJ, y dejó muy claro que Bolivia entiende perfectamente que la Corte decidirá sobre el objeto de la controversia, dilucidar si los compromisos de Chile le generan una obligación ineludible para con Bolivia o no.

Marcó también uno de los temas más sensibles del fallo de la Excepción Preliminar, cuando la CIJ dijo que no puede adelantar las características y resultados últimos de una negociación entre ambos países, lo que es evidente, pues lo contrario sería invalidar el sentido mismo de una negociación en la que el tema susceptible de ésta es precisamente poner sobre la mesa propuestas y contrapropuestas que pueden dar lugar a un desenlace específico. Pero a la vez, está claro que la CIJ sí puede establecer en su fallo la obligación de negociar junto al objetivo último de la negociación.

Decimos nosotros: carecería de sentido alguno asumir que un fallo referido a una cuestión tan específica y que ha estado siempre ligada (negociar para otorgar soberanía), presuponga una negociación cuyo fin último sea –por ejemplo- ampliar las facilidades de libre tránsito o conceder una zona económica especial…

Rodríguez fue claro al marcar el puerto impacto emocional que este desgarramiento representa para Bolivia y los graves perjuicios que la mediterraneidad representa para el crecimiento económico del país

PAYAM AKHAVAN, UNA SECUENCIA HISTÓRICA QUE EXIGE EL CUMPLIMIENTO DE PROMESAS REITERADAS

Payam Akhaban llevó adelante con precisión de cirujano la secuencia histórica de los compromisos de Chile, no sólo después del Tratado de 1904, sino antes. Desde el Pacto de Tregua, pasando por los Tratados de 1895 y su texto de transferencia de territorios que, aunque no concretado, marcó la línea maestra de las promesas de Chile. Akhavan demostró claramente que Chile tomó la decisión de iniciar también negociaciones con Bolivia después y al margen del Tratado de 1904. Línea de razonamiento sostenida por todos nuestros abogados, basada en algo fundamental, el fallo de la CIJ de 24 de septiembre de 2015, que estableció sin lugar a interpretación alguna que el Tratado de 1904 no ha resuelto los temas pendientes entre Bolivia y Chile.

La secuencia de compromisos chilenos post Tratado se inició en 1920 y continuó en 1923, 1926, 1950, 1961, 1975, 1987, 2000 y 2006. Se detuvo en el contenido trascendente de los compromisos asumidos por Chile en la negociación de Charaña en 1975 y en la crucial resolución de la OEA de 1979, ratificada por Chile en ese organismo en la resolución de 1983 (“la solución de la mediterraneidad boliviana es de interés hemisférico”).

MONIQUE CHEMILLIER Y LOS DOS PILARES DE LA ESTRATEGIA CHILENA DEL DESPOJO

Monique Chemillier hizo énfasis en un aspecto central, la estrategia chilena y sus dos pilares. Explicó con lucidez que Chile tuvo dos objetivos desde el inició de su carrera para apoderarse del Litoral boliviano y sus riquezas. El primero, el despojo de todo nuestro territorio marítimo y el segundo, una compensación imprescindible para que Bolivia no perdiera su acceso soberano al mar para evitar lo que de hecho ocurrió, que el problema no fue resuelto por Santiago y que ciento treinta y nueve años después, el diferendo entre ambos países subsiste. Por eso, presidentes como Aníbal Pinto y Domingo Santa María inauguraron la “política boliviana” de Santiago y por eso se entiende perfectamente que Chile, como parte de una estrategia que buscaba cerrar para siempre la herida que dejó la invasión y el Tratado de 1904, hizo tantos y tan reiterados ofrecimientos a Bolivia a lo largo de casi una centuria.

Chemillier recordó que tal estrategia no tocaba el Tratado de 1904 porque siempre la negociación territorial se hizo sobre territorios ubicados al norte del desierto de Atacama que había sido el Departamento del Litoral y que pasó a poder de Chile a través del citado Tratado.

ANTONIO REMIRO Y EL SENTIDO ÚLTIMO DE LAS PALABRAS EN EL ÁMBITO JURÍDICO

Antonio Remiro dio una lección referida a la naturaleza intrínseca del contenido y el sentido de las palabras. En el caso de los compromisos de Chile y las negociaciones entre ambos países, el concepto de “decidir” y de “resolver” tiene un contenido unívoco, el de llevar adelante una negociación con la expresa voluntad de llegar a una solución (el fin de nuestra mediterraneidad). El letrado dio la vuelta a la palabra “Aspiración” usada con intención por Chile, interpretando correctamente que Chile comprometía su voluntad de resolver esa “aspiración”, entendida como el intenso deseo de recuperar un acceso soberano al mar.

Continuó Remiro con una precisión fundamental, desmontar la idea peregrina de que esas promesas fueron, o diálogos sin trascendencia o, en el mejor de los casos, negociaciones políticas sin consecuencias jurídicas. Apegado a principios del derecho internacional y con ejemplos de antecedentes que han sentado jurisprudencia, nuestro abogado dejó claro que en el contexto del conjunto de los compromisos referidos por su colega Akhavan, estos no son otra cosa que la palabra oficial de la República de Chile que sólo puede tener un desenlace, su cumplimiento no honrado hasta hoy.

VAUGHAN LOWE, LA FUERZA DEL DERECHO INTERNACIONAL Y SUS IMPERATIVOS

Cerró esta primera jornada Vaughan Lowe (que no intervino en las audiencias orales en la Excepción Preliminar de Incompetencia en 2015). Su enfoque se apoyó en los documentos fundamentales que la comunidad internacional ha desarrollado a lo largo de décadas. Hizo énfasis en el pivote que es el artículo 2, parágrafo 3 de la Carta de la ONU que establece de manera imperativa que los Estados miembros arreglaran sus controversias de manera pacífica y de buena fe, citó también los compromisos multilaterales equivalentes de la OEA y los documentos de Manila que fortalecen el concepto filosófico de la Demanda boliviana: la necesidad de aplicar una voluntad política real de resolver situaciones que amenazan la paz y la justicia. Pero Lowe fue más allá, esa voluntad debe ser un principio rector aún en situaciones en las que no haya una amenaza específica a la estabilidad o la paz entre dos naciones.

Como ya había adelantado Akhavan, Lowe recordó que la idea de un diálogo-negociación no puede limitarse a que una parte escuche con atención e interés a la otra, sin otra voluntad que la de cumplir un trámite. La indisoluble ligazón entre diálogo, voluntad política de obtener un resultado práctico y la buena fe inherente a esa voluntad, son componentes intrínsecos sobre los que se afirma la convivencia internacional y, sobre todo, las normas fundamentales en el mundo.

Fue, en suma, una apertura impecable de inequívoca solidez. En este primer tramo historia y derecho fueron de la mano, no por un afán de erudición, sino porque las pruebas de los compromisos de Chile requieren de un recuento histórico exhaustivo junto a los argumentos jurídicos que explican porqué Chile tiene que cumplir lo que prometió durante casi cien años sin honrar nunca su palabra.

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