jueves, abril 25, 2024

INDH entra al debate por “Aula Segura” y asegura que esta ley es “vulneradora de DD.HH.”

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El Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) se metió de lleno en el debate que ha surgido en torno al proyecto del gobierno “Aula Segura”, afirmando que una ley como esta es innecesaria y es vulneradora de DD.HH.

Así lo explica la directora del INDH, Consuelo Contreras, a través de una carta que publica hoy El Mercurio y en el que manifiesta su posición de rechazo al proyecto que busca detener los hechos de violencia ocurridos en algunos establecimientos escolares en los últimos meses.

En una parte de la misiva, Contreras precisa que tales hechos de violencia “exceden el marco del derecho a la manifestación pacífica y a la participación, poniendo en peligro la seguridad e integridad física y psicológica de quienes componen las comunidades escolares”.

Sin embargo, aclara que “la medida impulsada por el Gobierno resulta innecesaria y vulneradora de derechos humanos. Innecesaria porque este tipo de hechos son recogidos por el Derecho Penal adolescente y, además, porque la Ley de Inclusión ya había establecido una sanción para los casos de indisciplina que ponen en riesgo la integridad de miembros de la comunidad educativa, permitiendo la expulsión o cancelación de matrícula durante el año escolar”.

Esa norma tiene una aplicación más amplia que la que propone el proyecto de ley, ya que incluye tanto a establecimientos públicos como privados. Además, protege no solo frente a lesiones físicas, como propone el proyecto de ley, sino también ante amenaza grave o afectaciones psicológicas, incluyendo además a otros actores de la comunidad educativa que no se encuentran contemplados en el proyecto”, sostiene.

En ese sentido, la directora del INDH señala que “el proyecto resulta vulnerador de derechos, pues no respeta el principio de presunción de inocencia, no otorga un plazo razonable para defenderse de las acusaciones y tampoco hace primar el interés superior del niño ni la adopción de medidas que sean menos restrictivas del ejercicio de su derecho a educación. La suspensión temporal del estudiante, como medida cautelar, puede lograr el mismo objetivo que busca el proyecto sin vulnerar los derechos mencionados”.

Además, recuerda que en un sistema educativo, “las sanciones tienen una función formativa, que lleve a tomar conciencia y responsabilidad al estudiante de la gravedad de sus actos, como lo ha relevado en muchas de sus observaciones el Comité de Derechos del Niño”.

Este es el sentido de una disciplina positiva y es la que debe alentar el sistema educativo. Para ello, se requiere de una mirada integral en torno a la violencia en las escuelas y de un papel activo del Estado para apoyar a las comunidades educativas al enfrentar estos hechos, cumpliendo con su rol de garante del derecho a la educación”, menciona.

Contreras también sostiene que la expulsión sin acompañamiento pedagógico o psicosocial a estudiantes que desarrollan conductas o actos violentos “solo traslada el problema a otra comunidad educativa y no se cumple con el sentido y propósito de la educación, que es propiciar una formación para llevar una vida responsable, que canaliza sus demandas y resuelve sus conflictos de manera pacífica y que, en suma, fomenta el respeto de los derechos humanos. Esa es la función de las comunidades escolares y del liderazgo de sus directores, y en ello hay que poner los mayores apoyos y esfuerzos”.

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