viernes, abril 19, 2024

Paso “piola”: Cámara aprueba la restitución del voto obligatorio

Debe leer

Con todo lo ocurrido el miércoles en la sala de la Cámara de Diputados por la reforma para seguir con el proceso constitucional que permitirá redactar una nueva Carta Magna y la discusión por la inclusión de cuotas sobre paridad, pueblos originarios e independientes, algo pasó “colado” en esa instancia legislativa, ya que fue aprobada la restitución del voto obligatorio.

En las elecciones presidenciales de Chile, desde 1989 hasta la realizada en 2009-2010, el margen de participación ciudadana superó el 87%. En 2013, sin embargo, la cifra cayó por debajo del 50% y en 2017, Sebastián Piñera fue electo en un contexto de participación del 49,02% (segunda vuelta). La explicación en esta baja experimentada desde 2013 y sostenida en los siguientes procesos se debió a un factor crucial: el cambio en el sistema electoral y la poca sintonía de la clase política a las demandas ciudadanas.

El 4 de abril de 2009 se publicó en el Diario Oficial la Ley 20.337, que modificó los artículos 15 y 18 de la Carta Fundamental, con el objeto de consagrar el sufragio como un derecho de los ciudadanos y su inscripción automática en los registros electorales. De esta manera, se alteró la tradición constitucional chilena que consagraba el voto obligatorio, pasando a ser voluntario, aspecto que luego fue consagrado por la Ley 20.568, que regula la inscripción automática, modifica el Servicio Electoral y moderniza el sistema de votaciones, publicada el 31 de enero de 2012.

Frente a los nuevos desafíos que deberá enfrentar el país, como es la creación de una nueva Constitución para Chile, la Cámara aprobó, por 96 votos a favor, 33 en contra y dos abstenciones, un proyecto de reforma constitucional que viene a revertir tal criterio y a reinstalar el sufragio obligatorio en las elecciones populares.

Conforme al texto acordado en la Comisión de Gobierno Interior y presentado ante la Sala por la diputada Joanna Pérez (DC), la nueva redacción del precepto constitucional define que, «en las votaciones populares, el sufragio será personal, igualitario, secreto y obligatorio».

Junto con lo anterior, se establece que la obligatoriedad recién indicada no será aplicable para las personas mayores de 75 años de edad y que el Estado arbitrará las acciones necesarias para informar, facilitar e incentivar el ejercicio del derecho a sufragio.

La propuesta nació en dos mociones parlamentarias: la asignada con el boletín 13.028, originada por los parlamentarios Joanna Pérez (DC); Daniella Cicardini (PS); Cristina Girardi (PPD), Marcela Hernando (PR); Karin Luck (RN) y Andrés Longton (RN); Andrea Parra (PPD); y Jaime Mulet (FRVS); y la correspondiente al boletín 13.029, de autoría de los FRVS Esteban Velásquez, Alejandra Sepúlveda y Jaime Mulet, junto al independiente Pedro Velásquez.

Ambas iniciativas tomaron como sustento la escasa participación electoral o abstención en los asuntos de interés nacional, registrada como consecuencia de la entrada en vigencia de la ley de voto voluntario y la necesidad de contar con autoridades elegidas democráticamente que representen el real sentir del país.

El proyecto volverá ahora a la Comisión de Gobierno Interior para un segundo informe, dada la presentación de indicaciones.

- Publicidad -

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí
Captcha verification failed!
La puntuación de usuario de captcha falló. ¡por favor contáctenos!
- Publicidad -spot_img

Lo más reciente

Diputados republicanos piden a Chile Vamos apoyar moción de censura contra mesa de la Cámara

El jefe de la bancada Republicana, Stephan Schubert, quien junto al subjefe Luis Fernando Sánchez y el diputado José...

Los destacados del día