Definitivo: Personas con Covid-19 NO podrán votar en el Plebiscito

La norma rechazada, planteaba introducir en la disposición transitoria 41° de la Constitución que las personas afectadas con Covid pudieran acceder a un sistema de sufragio no presencial.

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Este jueves la Cámara de Diputadas y Diputados rechazó, en general, el proyecto que modificaba la Carta Fundamental para habilitar un sistema de sufragio especial no presencial, para aquellas personas con alto riesgo de propagación de contagio de COVID-19 en las fechas cercanas a la realización del plebiscito u otros eventos electorales. El texto sólo alcanzó 79 votos a favor (requería 93 votos para seguir su tramitación), 38 abstenciones y 19 votos en contra.

La moción, presentada por los diputados Gabriel Boric (PCS), Hugo Gutiérrez (PC), René Saffirio (Ind.), Leonardo Soto (PS), Raúl Soto (Ind.) y Matías Walker (DC), y tramitada por la Comisión de Constitución, tenía como fin llenar el vacío legal que quedó cuando, en julio pasado, se le entregó facultades extraordinarias al Consejo Directivo del Servicio Electoral para dictar un protocolo sanitario para desarrollar el plebiscito del próximo 25 de octubre de manera segura y participativa.

La norma rechazada, planteaba introducir en la disposición transitoria cuadragésima primera, de la Constitución Política, que las personas con alto riesgo de propagación de contagio de COVID-19, pudieran acceder a un sistema de sufragio no presencial.

Para llevar a cabo lo anterior, el Consejo Directivo del Servicio Electoral, en la forma y tiempo señalado en la Carta Magna, debería haber dictado todas las normas e instrucciones necesarias.​

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