viernes, abril 26, 2024

El portazo de la Corte Suprema a apelaciones de generales de Carabineros sumariados por la Contraloría

Decisión del máximo tribunal confirmó fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago, que desestimó el planteamiento de la defensa de los generales, que planteó que el contralor Jorge Bermúdez no cuenta con las potestades legales para iniciar un sumario en su contra.

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La Corte Suprema confirmó el fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago y rechazó las apelaciones de cuatro de los siete generales de Carabineros -uno de ellos en retiro- sumariados por la Contraloría General de la República (CGR) a raíz de sus presuntas responsabilidades administrativas en el actuar policial durante las protestas entre octubre y diciembre del 2019.

El informe de la CGR determinó presuntas responsabilidades del director Nacional de Apoyo a las Operaciones Policiales, Jorge Valenzuela; el jefe de la Zona Metropolitana, Mauricio Rodríguez; el jefe de la Zona Santiago Este, Enrique Bassaletti; jefe de la Zona el Santiago Oeste, Enrique Monrás; el jefe de Zona de Valparaíso, Hugo Zenteno; el director de Logística, Jean Camus, y el ex jefe de Fuerzas Especiales Jorge Ávila.

Estos presentaron recursos de protección los cuales fueron rechazados en sentencia de la mencionada Corte de Apelaciones el pasado 20 de octubre. Ante ello, la defensa de cuatro de los implicados –generales Valenzuela, Rodríguez, Zenteno y Camus– apeló a la sentencia, la cual fue desestimada por el máximo tribunal el pasado 29 de octubre según consignó La Tercera.

Según consigna La Tercera, fueron las apelaciones de los generales Valenzuela, Rodríguez, Zenteno y Camus al fallo de la Primera Sala del tribunal de alzada las que resultaron rechazadas por la Suprema el 29 de octubre.

El fallo

Los ministros Sergio Muñoz, María Eugenia Sandoval y Ángela Vivanco, y los abogados integrantes Jorge Lagos y Julio Pallavicini ratificaron la sentencia previa que estableció que la acción de los generales «sobrepasaba» los márgenes del recurso de protección, pues «aún existe un procedimiento administrativo pendiente y el acto impugnado no tiene carácter terminal, sino que es un acto de trámite o intermedio que forma parte de un procedimiento complejo, como es el sumario administrativo».

Así, desestimó el planteamiento de la defensa de los generales, que planteó que el contralor Jorge Bermúdez no cuenta con las potestades legales para iniciar un sumario en su contra. En ese sentido, el mismo criterio podría ser aplicado a los tres recursos pendientes de resolución.

Pese al fallo, el abogado Martínez reafirmó que «la resolución de la corte en el rechazo incumplía una serie de garantías constitucionales, por lo cual esta defensa solicitó recursos de reposición respecto de esa resolución», y sobre los recursos aún no revisados en la Suprema, agregó que «esta defensa ha pedido los alegatos a la Excelentísima Corte».

De hecho, el jurista pretende que la Sala escuche alegatos en relación con las acciones que ya fueron rechazadas para que sean admitidas a trámite y se pase a juzgar el fondo, y de lograrlo, habría una última oportunidad para ver un cambio de criterio en la materia.

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