7° Juzgado de Garantía pone en su lugar a ministro Paris que pedía prórroga de 42 días para entrega de correos electrónicos

El ministro de Salud en una insólita actitud de rebeldía ha dilatado la entrega de los correos que debió haber entregado el 21 de octubre.

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Este viernes el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago colocó en su lugar al ministro de Salud, Enrique Paris quien, desde que asumió como mandamás de Salud, ha tenido una extraña mutación mostrando su mal carácter con contínuos enojos con la prensa, con otros médicos, con llamados de atención a quien no comparte sus opinión y la última “gracia” es haber desafiado a la Justicia pidiendo una prórroga de 42 días (hábiles) para entregar los correos electrónicos de su cartera para poder cotejar la información oficial y la entregada a la opinión pública en relación a enfermos y muertos por Covid en el país.

La Justicia –con inusitada paciencia- resolvió el pasado 16 de octubre que no había riesgo de afectar la “seguridad nacional” en la entrega de estos correos y que tenía un plazo de tres días hábiles para entregar lo solicitado es decir el pasado 21 de octubre. Pero el ministro jugando este absurdo gallito pidió 42 días para entregar correos electrónicos, burlándose de la resolución judicial

“El procedimiento propuesto por el Sr. Ministro de Salud para efectos de identificar, revisar y analizar la información contenida en los correos electrónicos, previo a proceder a su entrega al ministerio público, resulta, por una parte, incompatible con la finalidad de la diligencia autorizada por este tribunal, considerando el lapso transcurrido desde la fecha de tal autorización, restando aún el cumplimiento de las demás fases detalladas en la resolución de 16 de octubre para hacer efectiva la medida, por lo que, si se concediera la prórroga en los términos solicitados, la información no estaría en poder del ministerio público para los fines investigativos dentro de un plazo razonable, afectando de manera injustificada la investigación”, dice la resolución del tribunal dada a conocer este viernes.

“Las diligencias de entrada y registro e incautación de comunicaciones fueron decretadas por el tribunal, sin conocimiento del afectado, lo que supone, que las mismas se lleven a cabo en forma expedita, atendida la naturaleza de la diligencia; y por otra parte, resulta contradictorio con los fundamentos esgrimidos por la autoridad de salud en orden a justificar su oposición a la entrega de la información requerida por el ministerio público en los términos precedentemente indicados”, señala.

“Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en el artículo 362 del Código Procesal Penal, se resuelve rechazar la solicitud del Sr. Ministro don Oscar Enrique Paris Mancilla presentada con fecha 30 de octubre de 2020″, remata el  Séptimo Juzgado, dejando sin piso al rebelde ministro.

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