jueves, marzo 28, 2024

Abogado Matus expuso ante senadores: “Siempre he sostenido la imprescriptibilidad de los delitos de lesa humanidad”

"“La calidad de imprescriptibles de los delitos contra la humanidad se encuentra reconocida ya desde el Estatuto de Núremberg", explicó Jean Pierre Matus.

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Este martes el candidato a la Corte Suprema, abogado Jean Pierre Matus, expuso ante la Comisión de Constitución del Senado que dedicó su sesión a escuchar al jurista.

En su exposición Matus reafirmó su compromiso con los derechos humanos señalando: «Organizaciones de víctimas de las violaciones a los derechos humanos cometidas durante la dictadura militar, han mostrado preocupación por mis votos en algunos fallos a los que concurrí como Abogado Integrante de la Corte Suprema, como si ellos fuesen contrarios a la esperada, aunque todavía no publicada, decisión de fondo de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en las peticiones 1275-04 B y 1566-08, respecto de la doctrina asentada en 14 sentencias anteriores a 2012, que condujo a la casación de oficio y aplicación de la atenuante de media prescripción y beneficios de cumplimiento de pena en libertad en causas seguidas por torturas, desaparecidos y ejecuciones extrajudiciales, también conocida como doctrina Dolmestch. Sin embargo, en ninguno de los fallos que se citan como fuente de esas inquietudes concurrí con mi voto a casar de oficio una sentencia para aplicar la media prescripción y conceder algún beneficio a los condenados en causas seguidas por torturas, desaparecidos y ejecuciones extrajudiciales. Además, en su mayor parte se trata de fallos en que rechacé los recursos de los condenados que solicitaban la aplicación de la media prescripción, su absolución o una rebaja de pena por otra causa».

El abogado dijo que «ese es, por ejemplo, el sentido del fallo cuya redacción estuvo a mi cargo en el caso Luzoro-Paine, primera condena a un civil por crímenes de lesa humanidad, donde se rechazaron los recursos de los condenados para absolverlos o aplicarles la media prescripción y concederles beneficios. Este fallo, al extender la responsabilidad por ejecuciones extrajudiciales a civiles que intervinieron en ellas, fue calificado —en el momento que se dictó—, como “histórico” en la página web de una de las agrupaciones de Víctimas de Violaciones a los Derechos Humanos de la anterior dictadura militar».

«Siempre he sostenido la imprescriptibilidad de los delitos de lesa humanidad y que no existe fundamento para anular una sentencia y aplicar la media prescripción en casos de torturas, desaparición forzada y ejecuciones extrajudiciales, así como la necesidad jurídica de acatar los tratados y resoluciones de los tribunales internacionales en materia de derechos humanos, tanto en la enseñanza como en la práctica del derecho”, Jean Pierre Matus

Matus reforzó su postura citando dos artículos publicados en los años 2005 y 2012, de su autoría, y en que explica por qué considera equivocada la doctrina que aplica la prescripción y la media prescripción en estos casos. En el primero, publicado a propósito de la posibilidad de juzgar las torturas que reveló el Informe Valech, el profesor sostuvo: “La calidad de imprescriptibles de los delitos contra la humanidad se encuentra reconocida ya desde el Estatuto de Núremberg, y naturalmente en la Convención sobre la imprescriptibilidad de los crímenes de guerra y de los crímenes de lesa humanidad de 1968. Luego, como crimen contra la humanidad, la tortura masiva y sistemática es imprescriptible conforme al derecho penal internacional”. En el segundo, «titulado precisamente El Fin de la Doctrina Dolmestch, añado que `parecen existir buenas razones para negar que exista algo así como un ‘derecho humano’ a la prescripción (no contemplado en ningún Tratado), pues significaría que existiría algo así como un derecho a evadir la justicia humana siempre que, naturalmente, se tenga la habilidad y los recursos para ello, destruyendo con ello los fundamentos de la vida en sociedad´».

Similares razones, recalcó, sustentaron el fallo al que concurrió para rechazar el recurso de amparo interpuesto por los responsables de la muerte de Rodrigo Rojas Denegri y las graves quemaduras sufridas por Carmen Gloria Quintana. Esta decisión pavimentó la posterior condena, «impidiendo la impunidad que podría generar una cosa juzgada fraudulenta», dijo Matus.

«Luego, los temores acerca de mi actuación futura en esta materia no se basan en que yo hubiese aplicado la atenuante de media prescripción en causas seguidas por torturas, desaparecidos y ejecuciones extrajudicialesque no lo hice, sino en una discusión en torno a los argumentos jurídicos esgrimidos para rechazar los recursos de casación, una cuestión que no altera el resultado, esto es, que en los casos discutidos la Sala que integraba no anuló ninguna sentencia para aplicar la media prescripción, rebajar la pena impuesta y conceder beneficios a los condenados, como sostenía la doctrina de las sentencias impugnadas ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos».

«En resumen», subrayó, «siempre he sostenido la imprescriptibilidad de los delitos de lesa humanidad y que no existe fundamento para anular una sentencia y aplicar la media prescripción en casos de torturas, desaparición forzada y ejecuciones extrajudiciales, así como la necesidad jurídica de acatar los tratados y resoluciones de los tribunales internacionales en materia de derechos humanos, tanto en la enseñanza como en la práctica del derecho”.

Cabe recordar que el jurista fue propuesto para suplir la vacancia dejada por  Carlos Künsemüller y tal como ocurre en estos procesos de nombramiento, la Comisión abrió un período de consultas a través de la página web institucional y escuchó al Ministro de Justicia, Hernán Larraín, quien explicó los motivos que llevaron al Presidente Sebastián Piñera a nominarlo para el máximo tribunal.

El abogado respondió también a otros artículos de prensa, que reprodujeron criticas por su supuesto papel indebido en el caso Topógrafo y por las consultas a IBM para la demostración de un software de control de probidad financiera, afirmando que se trata de imputaciones falsas «que no puedo aceptar». Luego de la exposición, el fiscal del primer caso, aclaró en una resolución que Matus no tiene calidad de imputado en la causa y rechazó las peticiones que respecto de él hizo un nuevo querellante.

Revise  acá la exposición completa del abogado Jean Pierre Matus:

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