viernes, abril 26, 2024

Gobierno explica retiro de decreto migratorio de Contraloría: Fue porque dos de sus artículos contravendrían la ley

“En concreto, el decreto fue retirado porque dos de sus artículos contravendrían directamente lo dispuesto por la ley y, por lo tanto, a nuestro juicio, requieren ser modificados. El primer paso es la revisión exhaustiva para tener pleno conocimiento de las normas”, señaló el subsecretario del Interior.

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El subsecretario del Interior, Manuel Monsalve, explicó las razones que tuvo el Gobierno para retirar de Contraloría el decreto que colocaba nuevos requisitos para adquirir la residencia temporal en el país, ya que dos de sus artículos contravendrían la nueva Ley de Migraciones que fue promulgada por el expresidente Sebastián Piñera.

En una entrevista con El Mercurio, Monsalve señaló que “el decreto 22, sobre categorías y subcategorías migratorias de residencia temporal, fue retirado por el Gobierno, pues, como lo han señalado la ministra y el Presidente, garantizar una migración verdaderamente segura, ordenada y regular es un asunto de suma importancia para el Gobierno”.

En concreto, el decreto fue retirado porque dos de sus artículos contravendrían directamente lo dispuesto por la ley y, por lo tanto, a nuestro juicio, requieren ser modificados. El primer paso es la revisión exhaustiva para tener pleno conocimiento de las normas”, señaló.

En ese sentido, Monsalve precisó que “el retiro realizado no afecta en nada la aplicación de la Ley de Migración y Extranjería o el control de fronteras, pues, a diferencia del reglamento general de la ley -que fue retirado en dos ocasiones por el gobierno anterior- no es requerido para garantizar la aplicación de la nueva ley de extranjería, la que sigue aplicándose plenamente”.

De acuerdo a la nueva normativa, los extranjeros que hubiesen ingresados a Chile por pasos habilitados antes del 18 de marzo de 2020 y que se encuentren en situación migratoria irregular, podrían solicitar un visado de residencia temporal sin ser sancionados en un plazo de 180 días desde que se publicara la nueva ley.

Asimismo, también establecía que quienes hubiesen ingresado al país después del 18 de marzo de 2020 de manera regular y que tras el cierre de fronteras por la pandemia haya vencido su visa, deberán pagar una multa de manera digital y solicitar un nuevo documento.

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