martes, abril 23, 2024

La reivindicación de derechos gracias al Matrimonio Igualitario y las expectativas en torno a la adopción

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·         Se está avanzando en no hablar de marido y mujer, como era previo a la reforma, y se utiliza un término más neutro al referirse indistintamente a cónyuges.

·         Abogado plantea lo que se espera en cuanto a la filiación, dado que ya no se habla de padre o madre, sino de progenitores.

A un mes de la entrada en vigencia de la Ley de Matrimonio Igualitario (Ley 21.400) se puede vislumbrar cómo las personas que constantemente han estado alejadas de la protección y reconocimiento por parte del Estado, han comenzado a reivindicar aquellos derechos que, comúnmente, han estado asociados a las parejas heterosexuales.

Así lo plantea el abogado penalista de Castro Asociados, Ignacio Cabrera, quien afirma que “anterior a esta normativa, pareciera que habían ciudadanos de primera y segunda clase, según su orientación sexual. Esto constituye un avance en reconocer, desde el punto de vista legal, relaciones que se vienen dando desde antaño y que nuestro sistema había dejado de lado”.

Destaca que se está abriendo camino al cambio de términos empleados, pues “ya no se habla de marido y mujer, sino que se habla indistintamente de cónyuges; se neutraliza también la terminología de la filiación -vínculo existe entre una persona con toda su descendencia-, dado que ya no se habla de padre o madre, sino de progenitores”. Asimismo, se debe tener presente que en la actual legislación, frente al deceso de su pareja, “el cónyuge sobreviviente contempla una serie de derechos preferentes, respecto a cualquier otra persona en términos sucesorios, diferencia de lo que ocurría antes, donde frente a familias homofóbicas y dentro del dolor de perder a la pareja, éste era excluido y privado de todos los bienes que conjuntamente habían adquirido”, aclara Cabrera.

Familia y adopción

El abogado asegura que es en torno a la filiación donde están ahora las mayores expectativas, especialmente, en la institución de la adopción. “En Chile contamos con el pésimo sistema del Servicio Nacional de Menores (Sename) para niños, niñas y adolescentes (NNA), donde se traban procesos de adopción y se permite que familiares ajenos los frenen aún más; todo, por darse una supremacía a las familias matrimoniales”, argumenta.

Agrega que, “en general, las personas homosexuales no tienen posibilidad de acceder a técnicas de reproducción asistida;  además, muchas de ellas no tienen una regulación en nuestro sistema, por lo que operan fuera del marco de la ley, siendo esa opción un beneficio para quienes gozan de una buena situación financiera y quedando la adopción como la primera alternativa para este tipo de familias”.

Precisamente por ello, Cabrera enfatiza en que “debiese haber un aumento de solicitudes en este sentido, fomentando a retirar a NNA del sistema y darles una familia capaz de brindarles el amor y la protección que merecen”, agregando que “tendremos que esperar para ver qué ocurre en atención a los tiempos, donde estamos al debe aún de una reforma legal que acorte estos plazos y ponga el énfasis en el interés de los niños y niñas”.

El experto penalista cree que el Matrimonio Igualitario abrirá nuevas puertas en materia legislativa y otra arista significativa de avanzar sería el cambiar netamente a la sociedad conyugal. Si bien ésta ha sido modificada (antes la mujer era considerada “incapaz relativa” al estar casada bajo este régimen), “todavía no se actualiza a los requerimientos actuales de la sociedad, en torno a la búsqueda de la igualdad entre los géneros. Existe falta de voluntad política, partiendo por cambiar la terminología de la administración de marido y mujer a cónyuge administrador y cónyuge, donde cualquiera de los contrayentes pudiera señalar quién se hará cargo de la administración al momento de celebrarse el matrimonio”, puntualiza.

A la fecha, el Registro Civil informó que ha oficiado 170 bodas. El abogado de Castro Asociados afirma que “nuestro Poder Judicial, de una forma completamente novedosa y previo a esta reforma, ya comenzó a hacer primar la realidad de la situación de los niños”. “Ahora, en concreto, esta normativa les otorgará la misma protección que ya les da en caso de que sus progenitores sean personas heterosexuales; ya no se hablará de padre o madre, hablaremos de progenitores”, concluye.

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