Al Senado avanza ley que obliga a choferes de pasajeros a hacerse test de drogas
Hans Hansen
•
3 de marzo de 2026
•
Hace 4 semanas
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Establecer la obligación de las empresas de transporte de pasajeros de realizar
controles periódicos preventivos de consumo de drogas a conductores, es el objetivo del proyecto que la sala de la
Cámara aprobó por unanimidad y despachó a segundo trámite al
Senado.
El texto establece el deber de quienes tienen a cargo estos servicios, públicos o privados, de practicar cada
cuatro meses pruebas respiratorias u otras que permitan detectar la presencia de
alcohol, estupefacientes o sustancias sicotrópicas ilícitas a todo el personal de conducción y a su costo.
Dichas pruebas se realizarán al
inicio o antes del término de la jornada laboral de cada conductor.
Esto, sin perjuicio de las facultades que tiene
Carabineros para practicar test de alchol o drogas en el ejercicio de sus funciones de fiscalización.
Los parlamentarios solidarizaron con la familia y amigos de
Mauro Alberto Gómez, de 14 años, que falleció tras ser atropellado cuando iba rumbo a su liceo por un conductor que dio positivo a
cocaína.
Control consumo de drogas
La iniciativa propone que el
Ministerio de Transportes, junto a
Trabajo, establezcan el procedimiento y periodicidad de las pruebas de control de consumo de drogas.
Así también, los criterios
objetivos, generales y despersonalizados de selección del personal de conducción sujeto a su aplicación, entre otras materias.
El proyecto dispone el resguardo de los derechos de las personas a acceso a la
atención de salud; deberes de secreto y
confidencialidad del personal calificado encargado de la toma de muestras y
protección de datos personales.
Los diputados indicaron que así como la ley exige la revisión técnica de los vehículos, se debe garantizar que los conductores que cumplen con transportar pasajeros
estén en condiciones de realizar su trabajo.
Sanciones
El proyecto dispone la obligación a los prestadores de servicios de transporte de pasajeros a mantener un
registro escrito y reservado sobre la realización y periodicidad de las pruebas, junto a la individualización del personal fiscalizado.
Asimismo, remitir esta información al
Ministerio de Transportes dentro de los siete días siguientes a la realización de los test.
El incumplimiento de esta obligación, denunciada por la
Subsecretaría de Transportes al juzgado de policía local competente, implicará una multa de
2 a 10 UTM ($140.000 a $699.000 app.), por cada incumplimiento verificado.